Ir al contenido

IVA e IRPF en las facturas de autónomos: qué sumar y qué restar

  • Actualizado el
  • 7 min de lectura

En una factura, el IVA se suma y la retención de IRPF se resta. Ninguno de los dos cambia el precio real de tu servicio: modifican el dinero que cobras ahora y las cantidades que después se compensan con Hacienda.

Ejemplo de factura profesional

Servicio de 1.000 € con IVA del 21 % y retención del 15 %
ConceptoImporte
Base imponible1.000 €
IVA 21 %+210 €
Retención IRPF 15 %−150 €
Total a cobrar1.060 €

Los 210 € de IVA no son beneficio y conviene reservarlos. Los 150 € retenidos tampoco se pierden: el cliente los ingresa a Hacienda a tu nombre como pago anticipado de tu IRPF.

Retención del 15 % o del 7 %

La retención general de actividades profesionales es del 15 %. En el año de inicio y los dos siguientes puede utilizarse el 7 % si se cumplen los requisitos, además de determinadas actividades concretas. Las actividades empresariales y las facturas emitidas a particulares normalmente no aplican esta retención profesional.

Retener menos no significa pagar menos

Una retención del 7 % aumenta lo que cobras hoy, pero puede obligarte a reservar más por tu cuenta para la declaración de la renta.

Cómo encaja el modelo 130

El pago fraccionado general parte del 20 % del rendimiento neto acumulado y descuenta las retenciones soportadas y pagos anteriores. Los profesionales con al menos el 70 % de sus ingresos sujetos a retención pueden quedar exonerados de presentarlo en determinadas condiciones.

Separa impuestos y neto

Indica el IVA y la retención habituales de tus facturas para estimar cuánto reservar cada trimestre.

Preguntas frecuentes sobre esta guía

Sigue por aquí